¡Adiós a los deudores alimentarios! Proponen intervenir cuentas bancarias para obligarlos a cumplir

El diputado local de Morena, Marcos Rosendo Medina Filigrana, presentó una iniciativa para reformar el artículo 305 Bis del Código Civil del Estado de Tabasco, con el objetivo de endurecer las medidas contra aquellos que incumplen con el pago de la pensión alimenticia.

La propuesta establece que, si un deudor alimentario deja de cumplir con su obligación durante tres meses consecutivos, las autoridades judiciales podrán solicitar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) un reporte sobre sus cuentas bancarias, con la finalidad de intervenir sus fondos y garantizar el pago de la deuda.

Según el proyecto, el tribunal competente deberá investigar el patrimonio del deudor en un plazo de tres días hábiles desde el inicio del proceso.

Si se encuentran cuentas bancarias, instrumentos financieros o ahorros para el retiro, el juez podrá ordenar su retención y posterior uso para saldar la deuda.

Los bancos y entidades financieras tendrán diez días hábiles para informar sobre los saldos y movimientos del deudor.

Posteriormente, el tribunal dispondrá de tres días hábiles para ordenar el pago de la deuda con los fondos disponibles.

Además, si el deudor no tiene dinero suficiente en sus cuentas, la iniciativa contempla la posibilidad de recurrir a su fondo de pensiones, solicitando la información a la administradora correspondiente y bloqueando cualquier intento de traslado de dichos recursos a otra institución.

 

Interés superior del menor

 

El diputado Medina Filigrana subrayó que esta reforma busca proteger el derecho de los menores a recibir una pensión alimenticia oportuna y evitar que los deudores evadan su responsabilidad.

La propuesta contempla mecanismos efectivos para localizar y utilizar los recursos del deudor a favor del acreedor alimentario, evitando largos procesos judiciales que afectan el bienestar de niñas, niños y adolescentes, explicó el legislador.

La iniciativa fue enviada a la Comisión Ordinaria de Gobernación y Puntos Constitucionales para su análisis y eventual aprobación en el Congreso local.