Decidió ignorar resoluciones firmes de amparo que en definitiva nulifican todo lo actuado, precisamente por la falta de competencia en la que ahora pretende sustentar esta aberración jurídica.
Por: Redacción
Ciudad de México, 16 de agosto de 2025.- Cuando el escándalo del asunto Mayaland parecía haber llegado a fin tras la diligencia policial del 18 de junio de 2025, que puso fin a la ocupación ilegal que por 40 meses mantuvo con aparente impunidad la empresa Hotel Ikal Chit de los Rosas Moya, un encargado de despacho del Juzgado Cuarto por vacaciones del Secretario en funciones de Juez dictó una resolución que provisionalmente deja sin efectos la devolución a efecto de mantenerlos asegurados.
Según se refiere en la denuncia a la que este medio tuvo acceso, la resolución contraviene el artículo 129 de la Ley de Amparo que prohíbe otorgar suspensiones que resulten contrarias a normas de orden público, el encargado del despacho que ni siquiera es Juez y tampoco Secretario en funciones, sino titular provisional del Juzgado, decidió ignorar resoluciones firmes de amparo que en definitiva nulifican todo lo actuado en el asunto, precisamente por la falta de competencia en la que ahora pretende sustentar esta aberración jurídica.
Para que un aseguramiento pueda imponerse legalmente, debe recaer sobre bienes objeto de un delito; los hechos que en su momento investigó – sin competencia legal – la Fiscalía de Quintana Roo, no constituyen delito según quedo establecido como verdad legal en una sentencia de amparo firme e inatacable.
A pesar de ello y de que Inmobiliaria R4 es la principal responsable del delito de despojo, el encargado del despacho resolvió que se debía mantener vigente una medida legal y materialmente imposible, apoyada en la nada jurídica.
En concreto la resolución deja sin efectos un acto dictado por autoridad incompetente, para dejar subsistente otro que también fue dictado por una Fiscalía incompetente, y sin facultades para ello porque la orden de asegurar los bienes no fue previamente autorizada por un Juez.
Se espera que la Fiscalía de Yucatán determine el no ejercicio de la acción penal dentro de la carpeta que ahora está bajo su competencia, como consecuencia de ello reitere la cancelación definitiva del aseguramiento, y proceda en consecuencia contra los responsables de los 40 meses de operación ilegal, destacó el abogado Gerardo Ostos Rincón Gallardo.
“Irónicamente me pretenden señalar por tráfico de influencias y corrupción quienes por años han dañado al Estado con su fondo de operaciones criminales”, asentó.