FGR se niega a devolver propierdad de lujo aegurada a la hija de “el Mencho” ex líder del CJNG

  • Jessica Johana Cervantes González, exige que se haga valer el amparo 1556/2018 interpuesto en Tijuana, BC.

Por Juan Carlos Vázquez 

Guadalajara, Jal, 22 de julio. – La hija de Nemesio Oseguera Cervantes, ‘el Mencho’, fallecido líder del Cartel Jalisco Nueva Generación, (CJNG), Jessica Johana Cervantes González, exige que se haga valer el amparo 1556/2018, mediante el cual acredita la propiedad de una casa en la calle Volcán en la colonia Playas de Tijuana, en terrenos del municipio de Tijuana, Baja California.

Un representante del Ministerio Público adscrito a la FGR, tuvo tres días hábiles para cumplir con lo ordenado en el juicio de garantías, sin embargo, solamente se han manifestado argumentos de afectación a la sociedad, y la vivienda permanece asegurada.

En al menos dos ocasiones se le ha dado la razón a la también conocida con el apodo de “La Negra”, según se describe en la sentencia dictada el veinticuatro de febrero de 2023, que a la letra reza: “la Justicia Federal ampara y protege a Jessica Johanna Oseguera González, contra el acto reclamado a la autoridad responsable indicada en el considerando tercero de esta sentencia”.

El representante de la Unidad Especializada en Análisis Financiero, de la FGR, ha incumplido con la orden judicial de levantar el aseguramiento dispuesto desde julio de dos mil diecisiete, respecto del inmueble ubicado en calle Del Volcán, número 1355, en la colonia Playas de Tijuana, en la sección Jardines del complejo habitacional.

Es así que el agente ministerial se niega a levantar la caución a la finca bajo argumento de que el inmueble fue adquirido con recursos de procedencia ilícita, o utilizado para realizar actividades ilegales, y se considera que Cervantes González recibió recursos de una empresa criminal.

La FGR ha estado interponiendo recursos de revisión, para no ejecutar la orden judicial, y ahora el Tercer Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito, con residencia en Mexicali, Baja California, determinó desechar de plano la ultima queja en la que se alude que la casa se adquirió con recursos de origen ilícito, provenientes de la organización autodenominada “Cartel Jalisco Nueva Generación”, “toda vez que la mencionada persona es hija de NEMESIO OSEGUERA GONZALEZ alias el “Mencho”, líder del mencionado conglomerado delincuencial”, según describe el documento judicial.

El agente ministerial describe el texto del juicio 42/2015, del Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el estado de México, que la quejosa es hermana de RUBÉN OSEGUERA GONZÁLEZ, y esposa de JULIO ALBERTO CASTILLO RODRÍGUEZ, “de quienes se tuvo por acredita su plena responsabilidad penal en la comisión del delito de Delincuencia Organizada”, y agrega que ha constituido o ha sido socia de diversas empresas, tales como JJGON S.P.R. DE R.L. DE C.V., J & P ADVERTISING, S.A. DE C.V., Servicios Alimentarios KIBO, S.A. DE C.V. y Sánchez Realty S.A. DE C.V.; empresas relacionadas con juicios de lavado de dinero.

El representante ministerial también afirma que Jessica Johana ha registrado marcas ante el Instituto Mexicano de Propiedad industrial, IMPI, tales como “ONZE BLACK”, “LAS FLORES CABAÑAS”, “J&P ADVERTISING, S.A. DE C.V.”, “MIZU SUSHI LOUNGE”, de las cuales la Oficina de Control de Activos Estadounidense, organismo dependiente de la Oficina de Terrorismo e Inteligencia Financiera del Departamento del Tesoro de Estados Unidos las determinó como relacionadas y beneficiadas por Nemesio Osegúera, y el Cartel Jalisco Nueva Generación.

Aunque Jessica Johana no tiene un proceso en su contra, se le señala que en “un alto grado de probabilidad”, realiza operaciones con recursos de procedencia ilícita, procedentes del grupo delictivo, “vulnerando con ello los bienes jurídicos tutelados, consistentes en la estabilidad económica del país y la seguridad del sistema financiero mexicano, así como la seguridad nacional y el riesgo inminente en que se ubica a su población”.

El agente ministerial agrega que “mediante el procedimiento del comúnmente llamado lavado de dinero, las ganancias obtenidas con motivo del delito, se hacen pasar por lícitas; a través de la adquisición de diversos bienes, lo cual, no solo dificulta su rastreo y hace imposible la procuración y administración de justicia, así como el combate frontal a la delincuencia; sino que además, se traduce en importantes ganancias económicas para aquella, lo que determina su fomento, aliciente y sofisticación”.

Se argumenta también que si se entrega la casa “se afecta el sano desarrollo y la seguridad de la sociedad porque precisamente con la actualización de este Ilícito se permite a los criminales esconder y hacer legítimas las ganancias que provienen de diversas actividades ilícitas, todo en perjuicio de la sociedad y de su economía”.

Finalmente se señala que Jessica Johana no ha acreditado la legitima procedencia de los recursos con que adquirió el inmueble, “por lo que se debe asegurar con el objeto de preservar su estatus jurídico, es decir, para que no sea susceptible de transmitirse a tercero de buena fe, pues en esas condiciones, sería difícil lograr el decomiso o el abandono de dicho bien”.

También se reitera que hacer valer el derecho considerado en el amparo de la hija de el Mencho, contraviene a los principios de impartición de justicia.