- Los juicios electorales 171 y 178 promovidos por Viggiano y el Partido Acción Nacional (PAN) fueron desestimados porque la Sala consideró que sí se realizó un análisis exhaustivo de las pruebas.
Oliver García|Diario vía libre
Hidalgo, 23 de junio.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la amonestación pública a Alma Carolina Viggiano Austria por calumnia contra Julio Ramón Menchaca Salazar.
Esta fue impuesta por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), con el argumento de que la expresión «Sí robaste», vertida en uno de sus videos, no se considera libertad de expresión porque hace referencia a un delito.
Los juicios electorales 171 y 178 promovidos por Viggiano y el Partido Acción Nacional (PAN) fueron desestimados porque la Sala consideró que sí se realizó un análisis exhaustivo de las pruebas.
«La parte actora parte de una premisa incorrecta al referir que se valoró un testimonio notarial diferente al ofrecido por el entonces quejoso, pues la Sala pudo valorar que el testimonio 20 mil 88 fue ofrecido en el escrito de queja inicial», señaló el secretario de Acuerdos, Rodrígo Sánchez García.
Asimismo, el pleno sostuvo que se tomaron en cuenta todas las manifestaciones realizadas por Viggiano Austria, luego de que la sanción fue impuesta originalmente el 30 de mayo.