Congreso de Sinaloa avaló embarazo hasta la semana 13 de gestación

Congreso de Sinaloa avaló en lo general y particular la interrupción legal del embarazo hasta la semana 13 de gestación

Por Carlos Velázquez

CULIACÁN, Sin., 8 de marzo de 2022.-El Congreso de Sinaloa avaló en lo general y particular la interrupción legal del embarazo hasta la semana 13 de gestación, servicio que a partir de su entrada en vigor será gratuito.

Con ello, Sinaloa se suma a la Ciudad de México, Oaxaca, Veracruz, Hidalgo, Colima y Baja California.

Al exterior del recinto hubo protestas tanto a favor como en contra. Incluso, el padre Miguel Ángel Soto Gaxiola hizo una huelga de hambre afuera del Congreso.

La propuesta de reforma impulsada por Morena fue avalada ayer en las Comisiones Unidas de Igualdad de Género y Familia, de Salud y Asistencia Social, y de Derechos Humanos.

Con esta aprobación, se modifica el Código Penal, la Ley de Salud, el Código Familiar, Código Civil y Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado.

Al presentar la iniciativa, la secretaria de la Mesa Directiva, Nela Rosiely Sánchez Sánchez, de Morena, señaló que el penalizar el aborto es un tipo de violencia de género.

Explicó que el objetivo es cuidar la salud de la mujer, ya que ante la prohibición se someten a prácticas clandestinas.

“Una buena parte de las mujeres que deciden abortar lo hacen en condiciones sumamente difíciles, en tanto son objetos de la estigmatización social, asimismo, transgresores de valores morales y religiosas fuertemente arraigados en la sociedad mexicana”, expuso.

“Partiendo de la anterior reflexión, la presente iniciativa tiene como objeto regular la interrupción del embarazo en la Ley de Salud a fin de que el Estado a través de las instituciones de salud brinde las mujeres que acudan a solicitar la interrupción del embarazo la atención, los servicios y el acompañamiento adecuado de calidad”.

Con su aprobación también se garantizará que este servicio sea de calidad y salubridad y se cumpla con los estándares internacionales, pese a las oposiciones por la objeción de conciencia.

“Las instituciones públicas de salud están obligadas a garantizar la oportuna prestación de los servicios y la permanente disponibilidad de personal médico y de enfermería suficiente de carácter no objetor para asegurar que se preste la atención médica en la mejor de las condiciones posibles”, se lee en el proyecto de reforma.

Pero se aclara que los médicos tendrán derecho a objeción de conciencia, es decir, quienes por cuestiones morales o personales decidan no practicar la interrupción podrán hacerlo.

No obstante, también se estipula que se tomará como delito la interrupción del embarazo si se realiza después de la décima tercera semana.

Quien incurra en ello, será acreedora a una amonestación de uno a tres meses de medidas integrales, mismas que corresponderá decretar a la autoridad judicial y podrán ser en materias de salud, educación o de cualquier índole, tendientes a la protección y orientación social de la persona sancionada.

Asimismo, a la persona que apoye a interrumpir el embarazo después de las 13 semanas se le impondrá de 20 a 50 días de trabajo en favor de la comunidad o de 200 a 700 días multa.

El texto es claro sobre el respeto a la decisión de la mujer o persona gestante a decidir sobre su cuerpo.

Especifica que en caso del delito de interrupción forzada del embarazo se le impondrán de dos a ocho años de prisión, y si además se produce la pérdida de la aptitud o capacidad reproductiva de la víctima, o bien se empleara engaño, violencia física o moral, se impondrán de tres a nueve años de prisión.

Si el delito de interrupción forzada del embarazo fuera causado por profesionales de la medicina o la enfermería, además de las sanciones que les correspondan serán suspendidos de dos a cinco años en el ejercicio de su profesión.

El dictamen también resalta que se consideran causas excluyentes de responsabilidad penal cuando el embarazo sea consecuencia de una violación o de inseminación artificial indebida, independientemente de que exista, o no, causa penal sobre estos delitos.