La Fiscalía General del Estado logró que un Tribunal Colegiado integrado por tres magistrados penales del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chihuahua, confirmara por unanimidad la sentencia condenatoria de seis años de prisión en contra de Antonio Enrique Tarín García, por su intervención en hechos de corrupción
La confirmación de dicha sentencia, obedece a un recurso de apelación interpuesto a la sentencia condenatoria que obtuvo la FGE el 19 de julio de 2019 en el marco de la Operación Justicia para Chihuahua.
En ésta un Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial Morelos, había encontrado la plena responsabilidad de Tarín García en el delito de Peculado Agravado.
Según el Tribunal de Apelación, con la prueba presentada por la representación social, se demostró plenamente que durante los meses de julio a septiembre de 2016, el sentenciado en acuerdo previo con otros servidores públicos desviaron la cantidad de 2 millones 420 mil pesos del erario de Chihuahua.
Para esta acción simularon una contratación pública de servicios profesionales, consistente en un supuesto “Análisis Estratégico de Municipios del Estado de Chihuahua, en relación a la situación financiera del Gobierno Federal y la Prospectiva de los Programas Federales y su Aplicabilidad”, por conducto de la Dirección de Desarrollo Municipal de la Secretaria de Gobierno y la empresa Bildung Consultoría Organizacional S&S S.A. de C.V.
Al momento de los hechos el sentenciado, se desempeñaba como presidente del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Poder Ejecutivo y por lo tanto le correspondía velar por el buen uso de los recursos públicos.
El Tribunal Colegiado consideró que para la imposición de la condena en cuestión, existió prueba suficiente para establecer su responsabilidad más allá de toda duda razonable y que durante el juicio se respetaron las garantías del debido proceso.
Respecto a la pena impuesta, los magistrados concluyeron que sentencia de seis años de prisión corresponde al grado de culpabilidad que el imputado representó, tomando en cuenta el daño causado a las finanzas públicas, que fue por un monto considerable y el peligro que, con ello, se generó para la prestación de servicios en agravio de la sociedad.
Asimismo, establecieron que fue correcto que se negaran al sentenciado los beneficios de sustitución de sanciones y la condena condicional.