Perla Reséndez
VICTORIA, Tam.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación negó el amparo a Eugenio Hernández Flores contra la extradición a Estados Unidos, donde la Corte Federal de Distrito para el Distrito Sur de Texas, busca procesarlo por el delito de asociación delictuosa para lavar dinero.
De manera unánime, los Ministros de la Primera Sala de la Corte, aprobaron el proyecto elaborado por la Ministra Ana Margarita Ríos Farjat, para negar el amparo (314/2020) solicitado, respecto al reclamo de inconstitucionalidad de los artículos 3° y 13 del Tratado de Extradición entre Estados Unidos y México y el artículo 1° de la Ley de Extradición Internacional.
Sin embargo, el Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Decimonoveno Circuito en Victoria, Tamaulipas, deberá resolver aspectos relacionados con vicios propios del acto reclamado como que el acuerdo de extradición del 2 de marzo de 2018, es inconstitucional por falta de fundamentación, motivación, por trasgresión a su derecho de defensa y una indebida valoración de las pruebas.
La defensa de Hernández Flores señaló que existe una indebida equiparación entre los tipos penales y se carece de un pronunciamiento sobre la continuidad de la medida privativa de libertad.
Se declaró infundados e inoperantes los conceptos de violación con los que se controvirtió la legalidad del procedimiento de extradición.
Se señala que la jueza de distrito no analizó en su integridad los conceptos de violación que se hicieron valer en relación con la legalidad del acto reclamado, pues las pruebas que no le fueron admitidas sí eran pertinentes, calificando de incongruente la valoración que realizó la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) de las pruebas en las que se sustentó la solicitud.
También que los datos de prueba no justificaron la orden de aprehensión en el procedimiento de extradición, la SRE indebidamente empleó su facultad discrecional para conceder la extradición de nacionales mexicanos, pues no tomó en cuenta la obligación de las autoridades a cumplir con el sistema nacional de responsabilidades de servidores públicos.
“Hubo una indebida equiparación de los delitos por los que fue requerido y aquellos que supuestamente se habrían actualizado de haberse cometido en territorio nacional”.
También que en el acuerdo de extradición no se menciona si la medida cautelar subsiste o queda sin efecto, ni tampoco se pronuncia sobre el momento de entrega del reclamado.
Argumentando que el artículo 6 del Tratado de Extradición entre México y Estados Unidos prohíbe la entrega del reclamado cuando ya haya sido sometido a proceso por el mismo delito en que se apoye la solicitud de extradición y actualmente está siendo procesado por los mismos hechos ante las autoridades del estado de Tamaulipas.
No se ponderó adecuadamente las consideraciones esgrimidas en la opinión jurídica y no se respetaron las reglas del debido proceso.
Eugenio Hernández fue detenido el 6 de octubre del 2017, acusado de Peculado y Operaciones con recursos de procedencia ilícita, según quedó asentado en la carpeta 67/2017, por la presunta adquisición de dos predios de mil 600 hectáreas en Altamira.
Tiene otro proceso que quedó integrado en la carpeta 33/2018, por cargos de Peculado y operaciones con recursos de procedencia ilícita, por la compra de un predio en el municipio de Victoria y otro cargo por peculado y operaciones con recursos de procedencia ilícita por 41 millones de pesos.