Durante una conferencia en el Museo de las Constituciones, el jurista Francisco Burgoa Perea señaló que solo 17 artículos conservan su texto original de 1917, al tiempo que cuestionó la viabilidad de la elección popular de juzgadores y llamó a simplificar el juicio de amparo.
Por: Redacción
CIUDAD DE MÉXICO, 24 de agosto de 2026.- En los últimos 15 años, la Carta Magna mexicana ha registrado una “gran avalancha” de modificaciones sin precedente, alcanzando un total de 370 reformas desde 2011 hasta la fecha, frente a las 503 acumuladas en el periodo comprendido entre 1917 y 2010.
Con este acelerado ritmo de cambios legislativos, actualmente solo 17 de los 136 artículos constitucionales —equivalentes al 12.5 por ciento— conservan su redacción original, lo que implica que el 87.5 por ciento del texto fundamental ha sufrido alteraciones.
Así lo dio a conocer el profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Francisco Burgoa Perea, durante la conferencia virtual “15 años de reformas constitucionales: derechos humanos y poder judicial. Panorama histórico y actual”, organizada por el Museo de las Constituciones.
El constitucionalista enfatizó que la frecuencia de estas transformaciones durante los últimos tres lustros resulta “verdaderamente amplia” en comparación con la dinámica de las décadas anteriores.
En el marco del foro, el especialista universitario analizó la reforma al Poder Judicial orientada a la elección por voto popular directo de jueces, magistrados y ministros, advirtiendo que la medida no garantiza de manera automática la mejora ni el avance en el derecho de acceso a la justicia.
Burgoa Perea sostuvo una postura crítica al señalar que la labor de un juzgador debe guiarse de forma exclusiva por su compromiso con las leyes, la Constitución y las garantías fundamentales, en lugar de responder a favoritismos políticos o niveles de popularidad.
En contraparte, el académico destacó las transformaciones impulsadas en junio de 2011 en materia de amparo y derechos humanos como un cambio de paradigma histórico que estableció un “antes y un después” en el sistema jurídico nacional.
Dichas modificaciones incorporaron herramientas clave como el principio pro persona, el control de convencionalidad y la integración del bloque de constitucionalidad, ampliando la protección del juicio de amparo hacia las garantías reconocidas en tratados y convenciones internacionales suscritos por el Estado mexicano.
Finalmente, el docente subrayó que, si bien la Constitución ha integrado un catálogo extenso de derechos sociales indispensables para adultos mayores, jóvenes y personas con discapacidad, estos corren el riesgo de convertirse en “letra muerta” si no existen mecanismos eficientes para su aplicación.
A este respecto, hizo un llamado a revisar y reformar el juicio de amparo —mecanismo de origen mexicano referente a nivel internacional— para reducir su complejidad técnica, evitar el encarecimiento de la defensa legal y garantizar que cualquier ciudadano pueda acceder libremente a esta protección patrimonial e individual.


